Colombia. Un cambio de fondo en las reglas laborales comenzó a regir en el país tras la expedición del Decreto 0223 del 5 de marzo de 2026, una norma que transforma las condiciones de vinculación, pagos y garantías para miles de jóvenes en procesos de formación académica y técnica.
La medida, impulsada por el Ministerio de Trabajo, busca cerrar vacíos históricos en la regulación y establecer criterios claros para quienes realizan prácticas profesionales o contratos de aprendizaje, así como para las empresas que los vinculan.
Pagos mínimos obligatorios
Uno de los puntos más relevantes del decreto es la fijación de montos mínimos de apoyo económico, que ya no podrán ser negociados entre las partes.
A partir de ahora, los pagos deberán cumplir con los siguientes estándares:
- Estudiantes universitarios: mínimo un salario mínimo mensual legal vigente
- Técnicos y tecnólogos (modelo tradicional): 75% del salario mínimo en etapa lectiva y 100% en etapa práctica
- Formación dual: 75% durante el primer año y 100% en el segundo
Con esta disposición, el Gobierno busca garantizar condiciones más equitativas para quienes inician su experiencia laboral.
Más derechos para los jóvenes en formación
El decreto también marca un avance en materia de derechos laborales. Por primera vez, quienes estén bajo estas modalidades podrán ejercer derechos colectivos, como afiliarse a sindicatos, participar en negociaciones colectivas e incluso acudir a mecanismos como la huelga.
Además, se establece su participación en espacios internos como comités de convivencia laboral y seguridad y salud en el trabajo, ampliando su rol dentro de las organizaciones.
Nuevas responsabilidades para las empresas
La norma impone obligaciones concretas a las compañías que vinculen practicantes o aprendices. Entre ellas:
- Afiliación obligatoria a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL)
- Implementación de protocolos contra el acoso sexual
- Garantía de no represalias ante denuncias
- Ajustes en las jornadas para permitir el cumplimiento académico
- Participación activa como formadores en modelos duales
También se mantiene la exigencia de contratar aprendices en empresas con 15 o más trabajadores, o en su defecto, realizar los pagos de monetización al SENA.
Claridad en las modalidades de vinculación
El decreto establece una diferencia precisa entre las prácticas académicas y el contrato de aprendizaje, dos figuras que históricamente generaban confusión.
Mientras las prácticas conservan su carácter formativo y una relación entre estudiante, institución educativa y empresa, el contrato de aprendizaje adquiere un enfoque más cercano a lo laboral, con mayores garantías para el aprendiz.
Condiciones para las prácticas
La nueva normativa también fija lineamientos para el desarrollo de las prácticas:
- Edad mínima de 15 años
- Autorización del Ministerio de Trabajo en caso de menores de edad
- Posibilidad de modalidad virtual o híbrida, aunque se prioriza la presencialidad
- Supervisión obligatoria mediante tutores o monitores
Además, se aclara que las prácticas no sustituyen la cuota de aprendizaje, lo que obliga a las empresas a diferenciar claramente ambas figuras.
Un cambio con impacto directo en miles de jóvenes
La entrada en vigencia de este decreto representa un ajuste estructural en el sistema laboral colombiano, especialmente para estudiantes y jóvenes en formación, quienes históricamente han enfrentado condiciones desiguales en su proceso de inserción al mundo laboral.
Con estas nuevas reglas, el reto ahora estará en la implementación efectiva por parte de las empresas y el seguimiento de las autoridades, en un escenario donde la formación y el trabajo comienzan a alinearse bajo criterios más claros y garantistas.