Corte Constitucional pone fin al monopolio del aguardiente en Colombia

Suministrada

5 de febrero del 2025

El fallo garantiza la libre competencia y el derecho de los consumidores a elegir

En una decisión histórica, la Corte Constitucional eliminó las restricciones que permitían a los departamentos bloquear la comercialización de aguardientes de otras regiones del país. Con este fallo, se pone fin al monopolio licorero que regía en Colombia y se abre el mercado a la libre competencia.

El fallo, emitido el martes 4 de febrero de 2025, resolvió una demanda contra el artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que permitía a los departamentos productores de aguardiente limitar la venta de marcas provenientes de otras zonas del país por un periodo de hasta seis años. La Corte consideró que esta norma vulneraba los principios de libre competencia económica y restringía la libertad de elección de los consumidores de manera arbitraria.

El proceso, considerado uno de los más complejos en la historia reciente de la Corte Constitucional, se resolvió tras un empate en la votación de diciembre de 2024 (4-4). Para desempatar, fue necesaria la intervención del conjuez Humberto Sierra Porto, quien inclinó la balanza a favor de la libre competencia.

El fallo ha generado reacciones diversas. Por un lado, sectores que defienden la libertad económica y los derechos del consumidor celebran la decisión, argumentando que eliminará barreras injustificadas y permitirá a los ciudadanos acceder a una mayor variedad de productos. Según el gobernador de Caldas, Henry Gutiérrez Ángel, el monopolio solo incentivaba el comercio ilegal y la adulteración de licores, mientras que la competencia impulsará mejoras en la calidad de los productos.

Por otro lado, algunos mandatarios departamentales han expresado su preocupación por el impacto económico de la medida. La gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, señaló que las licoreras departamentales dependen de los ingresos por la venta de aguardiente para financiar sectores clave como la salud y el deporte. Según datos presentados por la funcionaria, desde 2017 las ventas de aguardiente en su departamento aumentaron un 151%, crecimiento que ahora podría verse afectado.

Hasta ahora, la restricción había generado una fragmentación del mercado en Colombia. En departamentos como Antioquia, los consumidores no podían acceder a marcas como el Aguardiente Cristal o el Amarillo de Manzanares, mientras que en Bogotá y Cundinamarca tampoco se permitía la comercialización de este último. En contraste, regiones como Caldas ya permitían la libre competencia de marcas de aguardiente sin restricciones.

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