Tribunal ordenó 15 días de arresto a la alcaldesa Johana Aranda

El Tribunal Administrativo del Tolima sancionó con 15 días de arresto a la alcaldesa de Ibagué, Johana Ximena Aranda Rivera, por desacatar una orden judicial emitida hace dos décadas, que obliga a la administración municipal a reubicar a las familias asentadas en las riveras de la quebrada Hato de la Virgen, en la comuna Ocho.

La decisión fue tomada por el magistrado José Andrés Rojas Villa, quien en un fallo de 26 páginas ordenó que el arresto sea de carácter intramuros y se cumpla en el Comando de la Policía Metropolitana de Ibagué, sin posibilidad de sustituirlo por detención domiciliaria.

La sanción responde a un largo proceso judicial iniciado en 2005, cuando el Tribunal falló a favor de las familias asentadas en esta zona de riesgo, ordenando su reubicación. El fallo fue confirmado por el Consejo de Estado en 2010, pero desde entonces no se ha avanzado de manera efectiva en su cumplimiento.

El Tribunal abrió un incidente de desacato el pasado 14 de febrero de 2025, tras constatar que la Alcaldía no había demostrado avances significativos en el cumplimiento del mandato. A pesar de los requerimientos, la alcaldesa no entregó la información solicitada dentro del plazo establecido.

Según el fallo, la respuesta de la mandataria fue entregada hasta el 10 de abril, fuera del tiempo procesal, y fue calificada como insuficiente, especialmente por la ausencia del Plan Parcial La Pista, instrumento clave para concretar la reubicación de las familias.

“La inexistencia del plan parcial de ordenamiento territorial posee un efecto dominó sobre todo el proyecto”, señaló el magistrado Rojas Villa, argumentando que sin este instrumento no es posible definir el área para vivienda de interés social ni garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad, como redes de servicios públicos, vías o zonas ambientales protegidas.

Además de las fallas en planificación, el Tribunal identificó una completa ausencia de procesos contractuales, desarticulación institucional y falta de voluntad política. “Esa actitud dilatoria, defensiva y carente de rigor revela desprecio por el mandato judicial (…): es una afrenta funcional que justifica el arresto”, concluyó el magistrado.

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